REFORMAS NORMATIVAS PARA IMPULSAR LA EXPLORACIÓN MINERA


Algunas Reflexiones


En el contexto del modelo neoliberal adoptado por la nación peruana el sector privado –Grande, Mediano y Pequeño—es el responsable de generar riqueza y el sector público es el encargado de fijar el marco en el que estas actividades deben llevarse a cabo. Este marco debe ser tanto promotor como controlador.

Esta dualidad—que conocen muy bien los padres de familia en la difícil tarea de formar ciudadanos responsables—requiere una permanente revisión de las características internas (fortalezas y debilidades) como de las características externas (oportunidades y riesgos) requeridas por el Estado, para que cumpla con su rol de liderar la vida económica de los ciudadanos emprendedores de la nación.   

El presente ensayo intenta hacer algunas precisiones al respecto.

Las normas que rigen el sector público minero datan de 1990, época en que era muy importante atraer las inversiones al sector, por lo que las normas fueron diseñadas con ese fin.

El entorno ha cambiado, siendo en la actualidad mas exigente con la actividad minera para que cumpla con mayores exigencias de conducta empresarial, lo que demanda un mayor control sobre las externalidades que genera la actividad en los actores directos e indirectos, que son el ambiente, los propietarios del terreno superficial y los pobladores que se encuentran aguas abajo del yacimiento.

Por otro lado, la nación no se ha preparado para absorber económicamente a la creciente población económicamente activa, PEA, siendo la falta de trabajo formal una constante en el escenario macroeconómico del territorio. Se estima que la mitad de las actividades económicas de la nación peruana se desarrollan fuera de la normatividad establecida, por lo que es imperioso revisar la normatividad para que vaya captando progresivamente a esa gran masa de ciudadanos peruanos informales, que aspiran a desarrollarse en un entorno legítimo y seguro  para ellos y sus descendientes.

Siendo el Perú muy rico en recursos minerales, el Estado tiene la obligación de promover su desarrollo y al mismo tiempo debe controlar este desarrollo para que no produzca efectos indeseados (Externalidades).

Al presente, se estima que el Estado debe cumplir los siguientes roles:

  1. Promotor de las actividades económicas, entre  ellas la minería, la pesquería y la agricultura.

  1.  Controlador de dichas actividades productivas, para que las externalidades que invariablemente se produzcan puedan mantenerse en un nivel racional y asimilable por  terceros. Es un hecho que toda actividad económica contamina, pero que a medida que se va generando riqueza, se debe ir destinando parte de esa riqueza para ir cuidando crecientemente el ambiente. El desarrollo económico y el cuidado ambiental deben irse retroalimentando progresivamente. A más riqueza generada, mayor cuidado ambiental.

  1. Para promover la minería, debe tenerse en cuenta que una explotación racional debe llevarse a cabo con pleno conocimiento de las características del yacimiento que se va a explotar. Esa etapa dedicada a identificar y conocer la continuidad tridimensional de un yacimiento se conoce como Exploración.

  1. La Exploración, a su vez, debe llevarse a cabo por etapas, en la cual el sector público y el sector privado deben complementar sus actividades. El Estado debe hacer los estudios de base del territorio (a gran escala) y el sector privado debe hacer los estudios específicos (a pequeña escala)  que sean de su interés. Entre los estudios de base tenemos: la cartografía nacional, la hidrología, la geología, la meteorología, la oceanografía, la edafología, etc.

Todo ciudadano peruano debe ser informado que el conocimiento del territorio nacional es una obligación de todos, y que en este caso el interés social está por encima de cualquier interés particular.

  1. El accionar del sector privado debe ser cuidadosamente estructurado para impulsar el espíritu emprendedor espontáneo de los actores y al mismo tiempo manteniendo bajo control los efectos indeseables (Externalidades) que pudieran generarse. Debe tenerse en cuenta que toda actividad humana contamina por lo que la contaminación cero es ideal. Por este motivo, la dualidad desarrollo económico vs cuidado ambiental se reduce a encontrar el nivel de contaminación óptimo, que permita el desarrollo con un mínimo de perturbación ambiental. El no desarrollo no es una opción válida.

  1. Afortunadamente el territorio peruano posee yacimientos de gran, mediano y pequeña magnitud que deben ser identificados y dimensionados para que sirvan al desarrollo balanceado de la Gran, Mediana y Pequeña Minería.

  1. La capacidad empresarial de cada uno de estos niveles tiene características diferentes que debe tenerse en cuenta para impulsar convenientemente estos tres escenarios. La Gran Minería requiere los grandes capitales internacionales, mientras que la Mediana requiere a los empresarios calificados locales y la Pequeña es propia de emprendimientos nativos que deben protegerse, promocionarse y estimularse para impulsar la espontánea lucha contra la pobreza de las mayorías nacionales.

Ante esta realidad, se recomienda considerar los siguientes cambios:

  1. PODER CONCEDENTE

Se diferenciará entre la actividad de exploración cuyo objetivo es buscar minerales y la actividad d explotación, cuyo objetivo es lucrar.

La exploración, o autorización para buscar, será otorgada mediante permisos; y la explotación será concedida al primer minero que demuestre tener un yacimiento identificado y dimensionado para su usufructo. 

Para impulsar la exploración minera se concederá permisos por diez años, en los cuales los primeros cinco serán sin costo y luego se cobrará derechos crecientes cada año, de tal manera de incentivar la exploración perentoria del área (subsuelo) autorizada.

La concesión de explotación será otorgada luego de cumplirse con las condiciones expectaticias de uso racional del recurso, incluyéndose los estudios ambientales y los talleres de participación ciudadana pertinentes. Es en esta etapa cuando el minero puede negociar adecuadamente su proyecto, porque ya tiene claras las ventajas y desventajas del negocio.

2. PODER PROMOTOR Y PODER CONTROLADOR

La exploración será autorizada siguiendo el principio de primero en presentar su solicitud al Estado, primero en derecho.

La explotación será concedida siguiendo el principio del primero en encontrar, primero en derecho para explotar.

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) será fundamentalmente una organización promotora del desarrollo minero del país, organizándose para impulsar la Gran, Mediana y Pequeña Minería.

Los Ministerios del Ambiente y de Cultura serán fundamentalmente organizaciones controladoras de externalidades generadas por la actividad económica. De ninguna manera podrán frenar el aprovechamiento de los recursos naturales del territorio nacional. Con este fin, el Minem mantendrá estrecha coordinación con los ministerios controladores de la nación.

  1. LOS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL

Con el objeto de balancear convenientemente la actividad promotora y la actividad controladora del estado, se requiere definir con criterio promotor la profundidad de los estudios de impacto ambiental, cuyo detalle actual no guarda relación con la magnitud de la actividad económica considerada.

Los estudios ambientales deben dividirse en dos grandes Secciones:

Sección A. De carácter general, de responsabilidad del estado peruano, en que se desarrolla la Línea base local. Para la Pequeña minería, este estudio puede ser desarrollado en gran medida por Ingemmet (División de Geología Ambiental), q            uienes tienen la información genérica requerida.

Sección B. De carácter específico, de responsabilidad del interesado
En esta sección se cubre los siguientes aspectos:

- Diagrama de Flujo Balanceado del proceso a seguir.
- Identificación, en cantidad y calidad, de los productos comercializables y los residuos.
- Plantas de Tratamiento de los residuos considerados contaminantes para asegurar las condiciones de vertimiento a los cauces naturales.

El Ingemmet asesorará a los interesados para que estos estudios sean objetivos, simples,  formateados y de bajo costo, para que su realización se lleve a cabo en forma muy expeditiva.

  1. ORGANIZACIÓN

3.1. El Minem deberá reorganizarse para tener tres grandes divisiones, contando cada una de ellas con subsecciones dedicadas a promover y coordinar con los ministerios encargados de controlar la actividad.  :

- Gran Minería
- Mediana Minería
- Pequeña Minería

3.2. El actual Ingemmet deberá dividirse para crear dos instituciones distintas, debidamente focalizadas cada una, en los dos objetivos fundamentales del Estado:

o   Una primera, para conceder Permisos de Exploración y Concesiones de Explotación, con su respectivo Catastro, responsable de dar la seguridad jurídica a los inversionistas Grandes, Medianos y Pequeños.
  
o   Una segunda, dedicada a promover el conocimiento del territorio nacional en Geología e Hidrología, que son dos recursos básicos de la nación. Esta institución será la responsable de difundir el conocimiento geológico,  minero y metalúrgico  del territorio peruano, cumpliendo muy especialmente el rol promotor y protector de la Pequeña Minería y de la Pequeña Industria Metal Mecánica del país.

4.     RESULTADOS

Se considera que estos cambios lograrán progresivamente los siguientes resultados:

  • Se ordenará la necesaria actividad promotora del Estado de la pequeña empresa minera.
  • Impulsará la exploración minera, acabando con la incómoda situación actual de tener inactivos un 98% de los derechos mineros otorgados
  • Se focalizará las responsabilidades de promoción de la inversión minera con una organización exclusivamente responsable de dar seguridad jurídica a las inversiones mineras.
  • Considerando que un gran porcentaje de la contaminación atribuida a la pequeña minería es de insuficiencia técnica, se asignará la responsabilidad de capacitación técnica a un tradicional organismo del Estado formado por profesionales en geología, minería y metalurgia (Ingemmet).
  • Se fortalecerá la capacidad promotora del estado fijando esta responsabilidad en organismos competentes que coordinarán con la Sunat el progresivo cumplimiento de las obligaciones tributarias de las personas naturales y jurídicas involucradas en la pequeña actividad minera,  persuadiéndolos para que paguen mas, a medida que ellos mismos van ascendiendo en su capacidad económica empresarial.
  • Se ordenará la participación de los involucrados directos e indirectos haciéndolos participar únicamente en el proceso de la concesión de explotación. La exploración será  fundamentalmente libre. Por supuesto, que los mineros deberán compensar los daños que pudieran ocasionar en los casos de procedimientos invasivos de la propiedad privada.
  • Toda la nación se beneficiará con la puesta en valor de su capital natural, negociándose—tanto el sector público o el sector privado—con conocimiento de causa la explotación de este capital o decidiendo excepcionalmente por la inacción en los casos que ambiental o socialmente sea claramente probado.

  1. LA INFORMALIDAD

Se estima que las acciones descritas reducirán sustantivamente las condiciones que actualmente permiten el desenfreno informal, ya que las concesiones estarán monitoreadas por los permisos de exploración y las concesiones de explotación debidamente coordinadas con los involucrados directos e indirectos.

Se estima también que durante este período de transición entre las condiciones actuales y las futuras, se deberían tomar algunas acciones públicas de carácter transitorio por un período aproximado de cinco años, en los que el Estado deberá:


-       4.1. Monopolizar la comercialización del oro y del cobre, por un período de tres años, exceptuando a los contratos de comercialización formales existentes de la Gran y Mediana Minería debidamente formalizada.

-       4.2. Capacitar  en actividades empresariales y técnicas para que los informales se asocien y formen sus empresas y sean asesoradas profesionalmente en los mejores sistemas de minado y de procesamiento.

-       4.3. Proporcionar apoyo en los ensayes químicos para el desarrollo adecuado de los estudios geológicos, de procesamiento y en la comercialización de sus productos.

Estas tres actividades tendientes a reducir el desorden informal deberán ser asumidas por una organización técnica que cuente con los profesionales y con capacidad financiera—como Ingemmet—dándosele las respectivas autorizaciones y prioridades que legitimen su nueva función correctora y ordenadora  de la pequeña minería nacional.

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